Guanajuato, Gto.- Las denuncias por acoso sexual en Guanajuato se han incrementado de manera sostenida durante los últimos seis años, al grado de que el promedio mensual registrado en 2025 es prácticamente el doble del que se tenía en 2020, de acuerdo con cifras oficiales del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).

El repunte de este delito ocurre en medio de una mayor visibilización social y mediática del acoso, como el reciente caso que involucró a la presidenta Claudia Sheinbaum durante un evento público el pasado martes, el cual reavivó el debate sobre la violencia sexual y la impunidad que aún prevalece en México frente a este tipo de conductas.

Las denuncias por este delito aumentaron casi al doble en seis años, mientras la judicialización se mantiene estancada.

Según los datos del SESNSP, en 2020 se registraron 227 denuncias por acoso sexual en el estado, lo que representaba un promedio mensual de 18.9 casos. Desde entonces, las cifras no han dejado de crecer, hasta llegar a 417 denuncias en 2024, con un promedio mensual de 34.7 casos.

En los primeros nueve meses de 2025 ya se contabilizan 329 denuncias, lo que equivale a un promedio de 36.5 por mes, el nivel más alto de los últimos años y casi el doble del promedio mensual de 2020.

Pocos casos se judicializan

Datos proporcionados por el Poder Judicial del Estado de Guanajuato revelan que entre 2024 y los primeros nueve meses de 2025, sólo 78 expedientes por acoso sexual fueron judicializados, es decir, remitidos ante un juez para iniciar un proceso formal.

Durante ese mismo periodo, la Fiscalía del Estado abrió 329 carpetas de investigación por este delito.

En términos proporcionales, esto significa que sólo uno de cada nueve casos logra llegar a una etapa judicial (el 11 por ciento), mientras que el resto permanece en trámite, se archiva o termina sin vinculación a proceso.

¿Qué dice la ley?

El artículo 183 del Código Penal del Estado de Guanajuato establece que el delito de acoso sexual se configura cuando una persona solicita favores sexuales para sí o para un tercero, o realiza conductas de naturaleza sexual no consentidas hacia otra persona.

Las sanciones previstas oscilan entre uno y tres años de prisión, además de multas económicas y la posibilidad de inhabilitación para ocupar cargos públicos, si el agresor se desempeña en el gobierno.

En los casos donde la víctima sea menor de edad, persona con discapacidad o exista una relación de subordinación laboral o escolar, la pena puede aumentar hasta en una mitad.

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