De acuerdo con la decisión, la Corte modificó los criterios que durante años limitaron el acceso a estos recursos, al considerar que la exigencia de demostrar dependencia económica vulneraba los derechos de igualdad y no discriminación.

La SCJN corrige contradicción de criterios en tribunales
El fallo deriva de un amparo en revisión que resolvió una contradicción entre el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito y el Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito, ambos con posturas distintas sobre los requisitos para acceder a los fondos del Afore en caso de fallecimiento del titular.
Una de las tesis aplicaba el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo, que condicionaba el reconocimiento del derecho a que los hijos mayores de 16 años tuvieran una incapacidad del 50% o más, o que existiera la falta de viuda, viudo o hijos menores. La Corte consideró que esta disposición violaba los principios constitucionales de igualdad ante la ley.

En contraste, la otra tesis sostenía que la dependencia económica no debía ser requisito para la devolución del monto correspondiente a la cuenta individual del trabajador fallecido.
Nuevo criterio: basta acreditar parentesco y ausencia de hijos menores

Con esta resolución, la Suprema Corte definió que prevalece el criterio más inclusivo:
“El descendiente mayor de edad que solicita la devolución de los saldos acumulados en la cuenta individual del trabajador fallecido, conforme al artículo 193 de la Ley del Seguro Social, no necesita acreditar la dependencia económica establecida en el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo.”
Este nuevo criterio sienta un precedente que permitirá a los hijos mayores de edad recuperar de manera más sencilla los ahorros de sus padres fallecidos, incluidos los destinados al retiro, sin pasar por procesos burocráticos que antes les impedían acceder a esos recursos.
