Guanajuato, Gto.- La Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato (PRODHEG) acreditó que el Presidente Municipal de Salamanca, Julio César Ernesto Prieto Gallardo, vulneró el derecho de petición de un ciudadano que había solicitado el mantenimiento de un espacio de memoria dedicado a víctimas de violaciones a derechos humanos y delitos.
De acuerdo con la resolución del expediente 2183/2024, el ciudadano presentó una petición formal para que se implementara un programa de mantenimiento en el lugar conmemorativo. Sin embargo, la autoridad municipal respondió fuera del plazo establecido por la ley, que es de diez días hábiles. La respuesta fue emitida cuando el ciudadano ya había presentado su queja ante la PRODHEG.
Durante el análisis del caso, el alcalde argumentó que el predio en cuestión ya no era propiedad del municipio, pues había sido donado al Museo Interactivo de Ciencias “Espiral”. No obstante, la Procuraduría determinó que esa circunstancia no justificaba el retraso en la respuesta y que la autoridad estaba obligada a contestar en tiempo y forma, garantizando así el ejercicio del derecho de petición.
En su resolución, la PRODHEG estableció que el Presidente Municipal omitió salvaguardar ese derecho y emitió una recomendación al Ayuntamiento de Salamanca para implementar medidas de no repetición. Entre ellas, se ordena instruir a las áreas correspondientes para que todas las solicitudes ciudadanas sean atendidas dentro de los plazos legales y se documente el cumplimiento de este proceso.

Asimismo, se reconoció al ciudadano como víctima por la vulneración de su derecho, y se pidió turnar su caso a la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas para su inscripción en el Registro Estatal de Víctimas. Con ello, podrá acceder a medidas de reparación integral, como rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición.
La Procuraduría recordó que una recomendación de este tipo constituye una forma de reparación moral, pues reconoce públicamente la afectación sufrida y busca evitar que casos similares vuelvan a ocurrir. También solicitó al Ayuntamiento informar en un plazo de cinco días hábiles si acepta la recomendación y, en caso afirmativo, presentar las pruebas de cumplimiento dentro de los quince días naturales siguientes.
En su pronunciamiento, la PRODHEG subrayó que el respeto al derecho de petición es fundamental para garantizar la participación ciudadana y fortalecer la transparencia institucional. Retrasar o negar respuestas, añadió, deteriora la confianza pública y puede revictimizar a quienes buscan la protección de sus derechos.
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