Guanajuato, Gto.- La Fiscalía General del Estado de Guanajuato confirmó mediante un comunicado, la sorpresiva reclasificación de un delito en contra de Gerónimo “N”, ahora vinculado a proceso. Pese a ello, llevará su proceso en libertad.

Tan sólo ayer, el abogado Benjamín Juarez informó a Periódico Correo sobre el seguimiento del caso en el cual se buscaba inicialmente por el delito de daños, sin embargo, tras el desahogo de las diferentes evidencias, se determinó que sería maltrato animal, con resultado de muerte de un animal vertebrado, justo como lo prevé el artículo 297 del código penal de Guanajuato. Luego de la muerte del gato Gary.

¿Qué señala el artículo 297 del código penal del Estado de Guanajuato?

En el capítulo 4to. del código penal del Estado de Guanajuato se detalla el delito contra la vida y la integridad de los animales, que al especificar el artículo 297 se menciona:

  • Al que dolosamente causa la muerte de un animal vertebrado se le impondrá de diez a cien días multa y se le impondrán de seis a cuatro años de prisión.

Al no ser un delito que requiere prisión preventiva oficiosa, Geronimo N. podrá llevar su proceso en libertad.

Sienta un precedente en pro de los animales

El juez ordenó la reclasificación del delito, firmando un precedente en pro de los animales.

La FGE reafirmó que el juez decidió que los hechos no encuadraban en la categoría de “Daños”, sino que constituyen un delito más grave, la muerte intencional de un animal vertebrado.

Bajo esta nueva reclasificación, el acusado Geronimo “Geros” N. fue formalmente vinculado a proceso penal por el delito contra la vida y la integridad de los animales.

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