Guanajuato, Gto.- Antes del 31 de diciembre de 2025 personas físicas y morales deben activar su Buzón Tributario, de lo contrario se pueden hacer acreedores a una multa del Servicio de Administración Tributaria (SAT), por lo que es un trámite obligatorio para ciertas personas.
El Buzón Tributario es una herramienta digital que funciona como un canal directo entre el SAT y el contribuyente para notificar actos, resoluciones, promociones, auditorías, requerimientos o beneficios. Incluso quienes ya lo tienen activado, deben actualizar el Buzón.

¿Quiénes deben activar su Buzón Tributario del SAT?
En 202 se estableció que todas las personas físicas y morales deben activar y actualizar su Buzón Tributario si están inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) siempre y cuando cumplan los siguientes requisitos:
- Quienes tengan ingresos por sueldos, salarios o asimilados a salarios mayores a 400,000 pesos en el ejercicio fiscal anterior
- Personas físicas con actividad económica o con obligaciones fiscales vigentes
- Personas morales con RFC en estatus activos
Si el contribuyente emitió una factura electrónica (CFDI) o recibió una nómina digital reciente, deben tener activo el Buzón Tributario incluso si el RFC está en estatua “suspendido”, no tiene obligaciones fiscales o no tiene actividades económicas como persona física.

Cualquier persona física con actividad suspendida que desee comenzar un trámite, debe activar su Buzón Tributario o quienes planean comenzar su actividad económica el próximo año.
¿Cómo activar o actualizar el Buzón Tributario?
- Entra al portal del SAT en https://login.siat.sat.gob.mx
- Inicia sesión con tu e.firma: certificado, clave privada, contraseña y RFC.
- Si es tu primera vez debes registrar un correo electrónico y un número de teléfono celular
- El SAT te enviará un correo de confirmación y un SMS de verificación.
- Debes validar ambos.
- Una vez hecho, entra de nuevo a tu buzón y descarga los acuses de registro en el apartado “Mis comunicados”.
Antes de subir tus datos a la plataforma del SAT, verifica que tu correo siga vigente y planeas mantener tu mismo número de celular. Se recomienda no esperar hasta el último día para activar el Buzón, de igual manera, también es buena opción guardar capturas de pantalla del proceso por cualquier inconveniente técnico.

¿Cuáles son las multas por no activar el Buzón Tributario?
Si el 1 de enero de 2026 un contribuyente no tiene el Buzón activado o actualizado, puede tener una multa que asciende a los $11,540 de acuerdo con el artículo 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación (CFF). El mínimo monto de la multa ronda los $3,850.
