Guanajuato, Gto.- Aunque pienses celebrar el Año Nuevo 2026, es importante saber si la Ley Federal del Trabajo (LFT) avala el 1 de enero como un día de descanso obligatorio y si se debe pagar más si te llaman a laborar, ¿qué dice la ley sobre el sueldo del 1 de enero?
En 2026 hay al menos siete fechas marcadas como descansos obligatorios que, en caso de trabajarlos, se debe pagar un sueldo triple. En Periódico Correo también te decimos cuáles son esos días de descanso y qué hacer si no recibes lo indicado por la ley.

¿Es feriado el 1 de enero de 2026 según la ley?
Según el artículo 75 de la LFT, el 1 de enero de 2026 es el primer día feriado del año por Año Nuevo y está contemplado como descanso obligatorio, por lo que no se trabaja.
Las personas empleadoras y trabajadores que trabajen de manera habitual en un centro o institución tienen derecho a recibir un salario doble sobre su salario regular, quiere decir, un tres veces tu sueldo base lo que se traduce en un salario triple.
El aumento al salario mínimo 2026 será percibido solamente por las personas que reciben en $278.80 diarios y cambiará su sueldo a $315.04. Estas personas, si trabajan el 1 de enero, recibirán $945.12 como salario de un día. Quienes ganan encima del sueldo mínimo, recibirán lo correspondiente a tres veces su sueldo diario actual si no aumenta su ingreso diario.

Según la ley, para trabajar en un día de descanso obligatorio debe haber un común acuerdo entre empleador y trabajador. El trabajador no puede presentarse si el empleador no está de acuerdo con ello y el empleador no debe esperar la asistencia de su subordinado si este se negó.
Si hay problemas en cualquier escenario, el trabajador puede asistir a Conciliación y Arbitraje como primera instancia para recibir análisis y asesoramiento gratuito del caso. En primer lugar de opta por un convenio entre ambas partes y, en caso de negativa, se llega a tribunales.
¿Cuáles son los días de descanso obligatorio en 2026?
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El 1o. de enero
- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero: día de la Constitución
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo: natalicio de Benito Juárez
- El 1o. de mayo, día del Trabajo
- El 16 de septiembre, día de la Independencia de México
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre: día de la Revolución mexicana
- El 1o. de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal (atendiendo a la reforma del artículo 83 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014)
- El 25 de diciembre, Navidad
- El que determinen las leyes federales y locales electorales para efectuar la jornada electoral en caso de elecciones ordinarias

A pesar de que se discutía la posibilidad de agregar el 5 de mayo, Día de la Batalla de Puebla, como otro descanso oficial en 2026, la iniciativa aún no se ha aprobado, por lo que la lista permanece igual a 2025.
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