Ciudad de México, México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció este lunes un criterio obligatorio para investigar y sancionar la desaparición forzada de mujeres defensoras de derechos humanos, al determinar que los jueces deben aplicar, sin excepción, perspectiva de género e interseccionalidad en este tipo de casos.

Por unanimidad, el pleno sostuvo que las personas juzgadoras deben reconocer que estas víctimas enfrentan una doble condición de riesgo: ser mujeres y ejercer labores de defensa social, lo que incrementa su exposición a represalias, violencia institucional o ataques de grupos de poder.

Análisis judicial reforzado, no opcional

La Corte ordena aplicar enfoque de género e interseccionalidad en casos de desaparición forzada de defensoras de derechos humanos (Foto: Twitter)

La resolución indica que este enfoque no es discrecional, sino una obligación constitucional y convencional, lo que implica un escrutinio más riguroso acorde con la gravedad del delito.

Esto incluye:

  • Evaluar pruebas circunstanciales
  • Incorporar análisis de contexto
  • Considerar patrones de violencia
  • No depender únicamente de evidencia directa

Debido a la naturaleza clandestina de la desaparición forzada, la Corte subrayó que limitarse a pruebas tradicionales puede derivar en impunidad.

El ministro ponente Arístides Guerrero García señaló que este delito representa “una de las formas más graves de violencia”, con impactos permanentes tanto en la víctima como en sus familias, por lo que exige un estudio judicial especializado.

Reconocimiento a las familias buscadoras

La Corte ordena aplicar enfoque de género e interseccionalidad en casos de desaparición forzada de defensoras de derechos humanos (Foto: Twitter)

Durante la discusión, el ministro Irving Espinosa Betanzo destacó que juzgar con perspectiva de género también significa reconocer la lucha de las familias, quienes han encabezado la búsqueda de sus seres queridos ante la falta de respuestas oficiales.

Por su parte, la ministra Loretta Ortiz Ahlf recordó que México registra más de 133 mil personas desaparecidas, por lo que el nuevo criterio puede contribuir a prevenir, sancionar y reparar violaciones a derechos humanos.

El caso que marcó el precedente

La Corte ordena aplicar enfoque de género e interseccionalidad en casos de desaparición forzada de defensoras de derechos humanos (Foto: Twitter)

El fallo deriva de la desaparición de una mujer defensora que participó en una protesta contra una autoridad municipal. Aunque varios funcionarios fueron condenados, uno de ellos obtuvo un amparo tras argumentar que las pruebas eran insuficientes.

Los familiares impugnaron la decisión al señalar que los jueces ignoraron la condición de género y su labor como activista, lo que debilitó la investigación.

La SCJN les dio la razón, revocó el amparo y ordenó emitir una nueva sentencia con estándares reforzados de género, interseccionalidad y análisis contextual, con el objetivo de evitar la impunidad.

Un precedente nacional

El criterio fija una guía obligatoria para tribunales de todo el país y refuerza la protección a mujeres que ejercen la defensa de derechos humanos, uno de los sectores más vulnerables frente a la violencia y la persecución.