En un proceso normal, después de la declaración y si se detecta que tienes saldo a favor, el SAT tarda aproximadamente 40 días hábiles para regresar tu dinero en la cuenta clave registrada. Para asegurar el depósito, vigila con regularidad tu devolución para solucionar problemas.
¿Por qué el SAT rechaza la devolución de mi saldo a favor?
Para saber si tu devolución fue rechazada, primero ingresa al portal del SAT y revisa el estatus del trámite. También puedes saberlo si, después de los 40 días, no te ha llegado el depósito correspondiente.
Cuenta sin RFC registrado
Si en la cuenta registrada en el SAT no tienes asignado tu RFC, el SAT no hará válida tu devolución porque no tiene una cuenta verificada para hacer el depósito. Para solucionarlo, ve a tu banco y actualiza tus datos fiscales. Aunque veas un RFC registrado en tu estado de cuenta, puede que sea uno genérico y no el tuyo.

Buzón tributario inactivo
El buzón tributario es el medio de comunicación oficial del SAT, dentro podrás ver requerimientos o notificaciones que necesitas corregir. Si se te envió una observación para corregir algo en el trámite de tu devolución, pero el buzón no está activo, entonces no podrás corregir el problema.
Para habilitarlo, ingresa al portal del SAT y dirígete a la sección ‘Buzón tributario’, accede con tu RFC y contraseña o e.firma vigentes y, una vez dentro, ingresa un correo electrónico y un número telefónico.
Información desactualizada o que no concuerda
Si la información de tu declaración anual no concuerda con el saldo a favor que detecta el SAT, tu devolución puede ser rechazada. Necesitas revisar toda tu información para ver en donde se encuentra esa incongruencia y corregirla. Entre las inconsistencias de información en la declaración puede haber deducciones no comprobables o ingresos no registrados.
También se puede dar el caso de que tu domicilio fiscal esté desactualizado y eso es considerado como una irregularidad porque tu información real no concuerda con la cargada en la página. Si ese es el caso, solicita una verificación de domicilio en la sección de ‘Trámites’.

Adeudos fiscales
El SAT puede que haya detectado que tienes un adeudo en tus impuestos de ejercicios fiscales anteriores, multas de tránsito o un pendiente similar. El portal solo te dirá cuáles créditos fiscales tiene pendientes; revisa en páginas o documentos la falla y deberás pagar el adeudo.
Si se trata de la falta de pago de ejercicios fiscales anteriores, entonces tienes la opción de pagar los créditos fiscales con el saldo a favor en lugar de hacer la devolución.
RFC suspendido o sin obligaciones fiscales
Puede deberse a que no hayas hecho tus declaraciones pasadas en tiempo y forma, que tengas obligaciones fiscales incumplidas, desactualización de información o que para el SAT no estás realizando ninguna actividad económica porque no las estés reportado o las hayas dado de baja.
Para solucionar el RFC suspendido, ingresa al portal en la sección de ‘Trámites y servicios’ y da click en ‘Actualiza tu actividad económica y obligaciones’ o en ‘Reanuda tus actividades’. Reanuda tus actividades económicas e ingresa con tu información.

Tener otro régimen
Si al momento de registrarte ante el SAT seleccionaste un régimen distinto al que usas en este momento, entonces serás rechazado. Revisa si tu régimen es de persona física y no como arrendamiento o empresarial, de ser así, actualiza el régimen.
