San José de Iturbide, Guanajuato.- Residentes de San José de Iturbide reprocharon que las autoridades municipales “alteraran” el lábaro patrio, específicamente al partir en dos el escudo de la bandera de manera indiscriminada, situación que por ley no puede ser objeto de alteración, modificación ni daño, pues incluso puede ser castigada con prisión.
En la página oficial del municipio San José de Iturbide, Gobierno Municipal 2024-2027, se difundió un video donde se aprecia que el Escudo Nacional sufrió una partición, situación que de inmediato generó enojo y reproche entre los habitantes.
De manera inmediata, cuestionaron la razón por la cual se llevó a cabo la alteración del Escudo Nacional, ya que saben que el símbolo patrio se encuentra protegido por ley para que no sufra ningún tipo de modificación.
De acuerdo con el artículo 191 del Código Penal Federal de México, si se parte o se ultraja el Escudo Nacional, la persona o personas responsables podrían enfrentarse a sanciones penales que incluyen de seis meses a cuatro años de prisión, o una multa, o ambas, dependiendo de la gravedad del acto y a juicio del juez.

Mientras tanto, el artículo 192 de dicho Código establece que: “al que haga uso indebido del escudo, insignia o himno nacionales, se le aplicará de tres días a un año de prisión y multa de veinticinco a mil pesos”.
Asimismo, en la página oficial del Gobierno Federal se señala que la manufactura, diseño y uso de los símbolos patrios no puede alterarse, modificarse ni hacerse de manera indiscriminada, por criterio, apreciación, gusto autónomo ni de autoridades, instituciones o cualquier persona en general. Por legítimo que sea el mensaje que se desee dar a la sociedad, sus características y difusión se regulan por la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.
Además, el artículo 5 de esta Ley establece que toda reproducción del Escudo Nacional debe corresponder fielmente al modelo antes descrito, “el cual no podrá variarse o alterarse bajo ninguna circunstancia”.
El artículo 56 de la misma Ley indica que las contravenciones que no constituyan delito conforme al Código Penal, pero que impliquen un desacato o falta de respeto a los símbolos patrios, se castigarán, según su gravedad y la condición del infractor, con una multa de hasta 250 veces el salario mínimo o con arresto de hasta 36 horas. Si la infracción se comete con fines de lucro, la multa podrá llegar hasta mil veces el salario mínimo.
A pesar de ello, dichas normativas parecieron no haber sido atendidas por las autoridades municipales de San José de Iturbide, pues las imágenes del video institucional muestran el escudo dividido.