San José de Iturbide, Gto.- Manuel Montes de la Vega, presidente Municipal de San José de Iturbide informó que, de apegarse estrictamente a la ley, no hubo violación al código penal federal por la colocación de pendones con la imagen dividida del escudo nacional en Presidencia Municipal.
Sin embargo, aseguró que se le llamo la atención al director de Casa de Cultura, Oscar Marín Morales por la colocación de los pendones.
“Obviamente les he dicho ( a los titulares de área), háganse responsables de todo el actuar y obviamente que bueno que se está haciendo responsable, porque, para eso se nombran directores de área, para que cada director y directora esté atento, para que todo en su área marche de la mejor manera”, resaltó.
Sin embargo, señaló que según el titular de Casa de Cultura, se contrató a un prestador de servicios y este le había mencionado que eran solamente los dos pendones, pero, desgraciadamente se colocó también el escudo nacional dividido.
Igualmente ofreció una disculpa por no revisar lo entregado, incluso señaló que tienen evidencia documental en donde no se pide con esas características los pendones. Igualmente, defendió que no hubo violación al Código Penal.
“Mencionarles… si nos apegamos de manera estricta a la letra de la ley, no hay violación al código penal (Federal), me gustaría que entráramos en una discusión un poquito más profunda en cuanto a la teoría del derecho penal, ahí es muy claro el tipo y, realmente no hubo tal”, subrayó.
¿Cuál fue la molestia por el escudo nacional en San José de Iturbide?
El pasado sábado 06 de septiembre, Periódico Correo informó que residentes de San José de Iturbide reprocharon que las autoridades municipales partieron en dos el escudo de la bandera y señalaron que por ley, no puede ser objeto de alteración, modificación, ni daño, pues esto puede ser castigado incluso con prisión.
Durante el transcurso de ese mismo día, el Gobierno Municipal de San José de Iturbide retiró de la fachada del edifico de la Presidencia los pendones con los cuales habría formado la Bandera Nacional, pero con alteraciones, y que violentaba la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, incluso retiró de su página de Facebook el video promocional.
Finalmente, el pasado lunes 08 de septiembre, Oscar Marín Morales titular de la Casa de Cultura de San José Iturbide, informó que la responsabilidad de colocar la imagen dividida del escudo nacional en Presidencia Municipal, recae en su persona, por lo se encuentra en disposición de asumir las posibles sanciones que se pudieran dar.
¿Qué dice la ley sobre alterar el escudo nacional?
De acuerdo con el Artículo 191 del Código Penal Federal de México: “Si se parte o se ultraja el Escudo Nacional, la persona o personas responsables podrían enfrentarse a sanciones penales que incluyen de seis meses a cuatro años de prisión, o una multa, o ambas, dependiendo de la gravedad del acto y a juicio del juez”.
Mientras que el artículo 192 de dicho Código establece que: “al que haga uso indebido del escudo, insignia o himno nacionales, se le aplicará de tres días a un año de prisión y multa de veinticinco a mil pesos”.
Asimismo, en la página oficial del Gobierno Federal, menciona que la manufactura, diseño y uso de los símbolos patrios no puede alterarse, modificarse o hacerse de manera indiscriminada, por criterio, apreciación, gusto autónomo ni de autoridades, instituciones o cualquier persona en general, por legítimo que sea el mensaje que se desee dar a la sociedad, por ello sus características y difusión se regulan por la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.
Además, el artículo 5 de la Ley sobre el escudo, la bandera y el himno nacional establece que toda reproducción del Escudo Nacional debe corresponder fielmente al modelo antes descrito, “el cual no podrá variarse o alterarse bajo ninguna circunstancia”.
Asimismo, el artículo 56 de dicha Ley, señala que las contravenciones a dicho ordenamiento que no constituyan un delito para el Código Penal del Distrito Federal en materia de Fuero Común y para toda la República en materia de Fuero Federal, pero que impliquen un desacato o falta de respeto a los Símbolos Patrios, se castigarán, según su gravedad y la condición del infractor con una multa hasta por el equivalente a 250 veces el salario mínimo o con arresto hasta por 36 horas.
Si la infracción se comete con fines de lucro, la multa podrá imponerse hasta por el equivalente a mil veces el salario mínimo.