Guanajuato, Gto.– El 1 de octubre el Senado de la República aceptó y envió a dictamen a la Cámara de Diputados la reforma a la Ley de amparo, sin embargo la presidenta Claudia Sheinbaum rechaza la ley por considerar que incumple las determinaciones de la Constitución respecto a la retroactividad en las leyes.

Con 76 votos a favor y con 39 votos en contra la retroactividad a la Ley de amparo presentada por el senador Manuel Huerta Ladrón de Guevara fue aprobada en el Senado ayer. Con la nueva reforma se implementará el uso de tecnología para la información para reforzar y garantizar un amparo en línea.

¿En qué consiste la Ley de amparo?

El juicio de amparo es un medio de defensa legal en México con el objetivo de proteger los derechos humanos establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los Tratados Internacionales. Protege a los ciudadanos frente a normas generales.

La reforma, de acuerdo con el gobierno federal, propone mejorar y perfeccionar el juicio de amparo para volverlo más ágil, sencillo y abreviar su tramitación a través de la tecnología. Los puntos claves son:

La reforma a la ley de amparo pretende agilizar el trámite del juicio a través de tecnología para tramitar un amparo en línea. | X
  • Redefinición del Interés Legítimo: La norma o acto impugnado debe causar
    lesión jurídica real y diferenciada, lo que deja de lado el reclamo de intereses hipotéticos.
  • Restricción de la suspensión del acto reclamado: Se proponen nuevas causales para limitar la suspensión provisional.
  • Establecimiento de plazos y sanciones por incumplimiento: Se fijarán tiempos específicos para el cumplimiento de sentencias y multas a las autoridades que lo incumplan.
  • Juicio de amparo digital: Se plantea incorporar herramientas para desarrollar un juicio de amparo digital.
  • Restricción a la ampliación de la demanda: No habrá más ampliación a la demanda fuera de los casos meramente previstos en la ley para mayor claridad legal.
  • Cumplimiento y ejecución de sentencias: El juez debe asegurar el cumplimiento en las autoridades de las sentencias de amparo y, cuando estas no se cumplan, se deben fundamentar.
  • Armonización: Se busca alinear la Ley de Amparo con el Código Fiscal y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicias Administrativa
Conoce los puntos claves de la reforma a Ley de amparo y cómo afecta en caso de ser aprobada. | X

¿Por qué Claudia Sheinbaum rechaza la Ley de amparo?

Mientras la ley pasa a dictamen de la Cámara de Diputados, Claudia Sheinbaum rechazó la ley por inconsistencias a la Constitución. La aprobación significa que la Ley de amparo sea retroactiva, lo que significa que su aplicación será posible en actos o juicios anteriores a la reforma, lo que contradice el artículo 14.

Sheinbaum precisó que el Senado hizo un agregado no contemplado antes: “no tenía este agregado que le hicieron en el Senado. Primero, hay que respetar la Constitución, que establece claramente que no debe haber retroactividad en las leyes, a menos que uno cambie la Constitución y ese cambio establezca las condiciones para contratos previos u otras acciones”.

De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, “a ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna”. Ante esto Sheinbaum mencionó que no veía necesario agregar el transitorio, además de asegurar que la Constitución no se modifica.

La retroactividad de la reforma a la Ley de amparo representa una contradicción con el artículo 14 de la Constitución. | Archivo

“No tengo conocimiento de por qué el Senado… incorporó este transitorio; desde mi punto de vista tiene que garantizarse que los juicios que hoy están en amparo, que no han llegado a la corte y que no representan un nuevo juicio de amparo, tienen que seguir con las leyes anteriores porque ya es un procedimiento previo, no hay retroactividad en las leyes”, agregó.

Finalmente dijo que ahora que la reforma vaya a la Cámara de Diputados el artículo transitorio de la retroactividad será revisado y que no es un asunto de garantizar la retroactividad o no, sino de un tema constitucional.

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