Guanajuato, Gto.- ¡Atención, mujeres trabajadoras del hogar! Al igual que el resto de trabajadores y trabajadoras en cualquier otro puesto también tienen derecho a recibir un monto por concepto de aguinaldo, equivalente a su sueldo, hasta el 20 de diciembre. Puedes calcularlo así.
Acorde con la Ley Federal del Trabajo (LFT), el aguinaldo debe pagarse en los últimos meses del año con fecha límite del 20 de diciembre. En caso de no recibirlo, los y las trabajadoras del hogar pueden acudir a Conciliación y Arbitraje o a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).

Así deben calcular su aguinaldo las trabajadoras del hogar
Cualquier Persona Trabajadora del Hogar Remunerada (PTdH) está protegida por la ley federal y tienen los mismos derechos laborales. Las trabajadoras domésticas, incluso sin tener un contrato firmado, tienen una relación laboral con los empleadores y por ello están protegidas por la ley.
El aguinaldo corresponde a 15 días de salario o la parte proporcional del tiempo laborado. Si la trabajadora tiene menos de un año, el sueldo debe ser equivalente al tiempo trabajado. Para determinar el pago de tu aguinaldo, sigue la siguiente guía:
- Conocer tu salario diario: Determinar cuando ganas al día y, en caso de recibir el pago mensual, divídelo entre 30 días.
- Si trabajaste más de un año, multiplica tu salario base o diario por 15
- Revisa descuentos: El aguinaldo se paga completo sin descuentos indebidos.

Si aún tienes dudas, puedes seguir el siguiente ejemplo. Si tu salario base es de $432.44, entonces multiplica esta cantidad por 30 días correspondientes a la ley. Tu aguinaldo corresponde a $12,973.2.
En el caso de que tengas menos de un año trabajando para el mismo patrón, sigue la siguiente guía:
- Conoce tu salario base o diario
- Multiplica tu salario diario por 15 días
- Divide el aguinaldo entre 365 días correspondientes al año
- Multiplica el resultado por la cantidad de días que llevas trabajando
¿Qué otros derechos laborales tienen las trabajadoras del hogar?
- Nueve horas de descanso nocturno de manera continua
- Un descanso diario de tres horas entre la jornada matutina y vespertina
- Un descanso semanal de día y medio
- Disponer de una habitación cómoda e higiénica dentro del hogar
- Recibir alimentación suficiente y nutritiva durante su estancia
- Percibir el pago de un aguinaldo conforme a la ley
- Ser tratada con respeto, dignidad y amabilidad en todo momento
- Contar con seguro social
- Libertad sindical
- Pago de prima vacacional
- Descanso de días feriados

Si no recibes el aguinaldo antes del 20 de diciembre acude a Profedet o pregunta tus dudas a los números de atención 800 717 29 42 y 800 911 78 77. La procuraduría te dará asesoría para llevar tu caso.
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