La autoridad fiscal recomendó revisar cuidadosamente las facturas correspondientes a los gastos que se deseen deducir, verificando que cumplan con todos los requisitos fiscales para que sean válidos y se reflejen correctamente en la declaración.

Entre los puntos que el SAT destacó, se encuentran los siguientes:
- Contar con el Comprobante Fiscal Digital (CFDI) o factura electrónica de cada servicio o producto.
- Verificar que el RFC del contribuyente esté correcto.
- Confirmar que el concepto del comprobante coincida con el servicio adquirido.
- Haber efectuado el pago mediante transferencia, tarjeta de crédito o débito, o cheque nominativo a nombre de quien realiza la deducción.

Los gastos personales deducibles incluyen:
- Gastos médicos y hospitalarios
- Gastos funerarios
- Donativos
- Primas de seguros de gastos médicos mayores
- Colegiaturas y transporte escolar
- Intereses reales por créditos hipotecarios
- Ahorro para el retiro y aportaciones voluntarias
El SAT precisó que el monto total de deducciones personales no debe exceder cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales del ejercicio declarado o el 15% del ingreso total, incluidos los exentos, aplicándose el monto menor.
Asimismo, aclaró que las personas físicas que tributan o hayan tributado en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) no pueden aplicar deducciones personales.

Finalmente, el organismo fiscal recomendó solicitar las facturas de manera mensual y mantenerlas organizadas durante todo el año para facilitar el proceso de la declaración anual.
Para mayor información, los contribuyentes pueden consultar el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/portal/public/home.
