Xichú, Gto.- Un incidente de maltrato animal ha generado indignación en la comunidad de Huamuchil, perteneciente al municipio de Xichú, siendo algunos gatos las víctimas al amárrales pirotecnia en el cuerpo durante la celebración de la fiesta patronal de comunidad.

El maltrato animal quedó evidenciado en un segmento de video que fue compartido a Periódico Correo, en donde se puede apreciar que los hechos ocurrieron ante decenas de personas, en una especie de ruedo.

La grabación mostró que la pirotecnia se les amarró tanto en el cuerpo como en la cola, por lo que al menos tres gatos, huyen despavoridos al sentir los estruendos de cada explosión, en tanto algunos asistes corrían detrás de los animales.

Dicho maltrato animal consternó a habitantes, generando también preocupación, pues desafortunadamente en el municipio no existe alguna instancia, sociedad o grupo de protección animal.

Residentes del municipio de Xichú hicieron un llamado a las autoridades competentes en el estado o a nivel Federal y organizaciones de protección animal para que se investigue y castigue a los responsables, pues este tipo de hechos son constantes y gozan de plena impunidad. El video ha sido compartido también en distintas redes sociales.

En México el maltrato animal se considera un delito y se puede sancionar con penas de prisión y multas. Las multas pueden variar dependiendo de la gravedad del delito y la legislación de cada estado.

El Código Penal Federal establece las siguientes sanciones para el maltrato animal:

  • Artículo 419 Bis 2:

Se impondrá una pena de seis meses a cuatro años de prisión y multas que varían entre 6,377 y 31,885 pesos a aquellos que cometan delitos contra la vida, integridad y dignidad de los animales. Si la crueldad contra un animal pone su vida en peligro, la sanción podría aumentar un 50%.

  • Artículo 423 Ter:

Se impondrá una pena de dos a seis años de prisión y de trescientos a mil días multa a quien cometa actos crueldad injustificada en contra de cualquier especie animal que no constituyan plaga, o no represente un peligro para la vida humana, provocándole la muerte, aplicables.

  • Artículo 350 ter:

Se aplica en caso de maltrato animal que resulta en la muerte del animal, con penas de dos a cuatro años de prisión y multas de doscientos a cuatrocientos días.

Es importante recordar que los animales son seres vivos que sienten y sufren, y que merecen ser tratados con respeto y compasión. La indiferencia ante el sufrimiento animal puede tener consecuencias graves y es responsabilidad de todos promover una cultura de respeto y cuidado hacia los animales.