San Miguel de Allende, Guanajuato.- El alcalde de San Miguel de Allende, Mauricio Trejo Pureco, admitió que posee un terreno de 900 metros cuadrados que no había incluido en su declaración patrimonial. Señaló además que solicitó a todo su gabinete presentar sus declaraciones patrimoniales de forma obligatoria, “aunque así lo marca la ley”.
A pesar de que la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato establece la obligación de los servidores públicos de presentar sus declaraciones patrimoniales y de intereses, y de que Trejo Pureco ha sido presidente municipal en tres ocasiones, el alcalde aseguró que esto “no lo solicita la ley”, pero que aun así “se los va a exigir”.

“Estoy solicitando que todos los directores presenten una declaración patrimonial ante la autoridad correspondiente para que todos podamos ser juzgados al salir. No, no está normado, para mí sí, pero se los voy a exigir”, expresó.
Trejo Pureco compartió además que, en esta ocasión, incluirá un terreno que no había declarado anteriormente:
“Yo, en lo personal, tengo un terreno de 900 metros cuadrados que no he declarado y lo voy a declarar para que todo esté limpiecito”, señaló, sin ofrecer más detalles sobre por qué no lo había hecho antes.
El alcalde realizó el anuncio como una acción de transparencia, sin reconocer que los directores municipales ya están obligados por ley a cumplir con este requisito. El artículo 32 de la citada ley establece que todos los servidores públicos deben presentar sus declaraciones de situación patrimonial y de intereses, bajo protesta de decir verdad y ante la Secretaría o su respectivo órgano interno de control. Asimismo, deberán presentar su declaración fiscal anual conforme a la legislación aplicable.

“Todo el mundo va a estar obligado a declarar, ante la institución correspondiente, sus bienes y todo, porque ya pasó un año y, para cuando terminemos, que la autoridad pueda cotejar todo”, indicó Trejo Pureco.
El alcalde ha encabezado tres administraciones municipales, en las que los directores debieron presentar una declaración inicial dentro de los sesenta días naturales posteriores a la toma de protesta, una declaración de modificación patrimonial durante el mes de mayo de cada año, y una declaración de conclusión del encargo dentro de los sesenta días naturales siguientes a su término.
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