Guanajuato, Gto.- Morena presentó dos iniciativas para homologar con la reforma federal el delito de acecho con sentido a la protección de las víctimas.
La primera iniciativa fue presentada por la diputada María Eugenia García Oliveros, y la segunda por la legisladora Edith Moreno Valencia y el diputado David Martínez Mendizábal.
María Eugenia García expuso que el acto de acechar, implica conductas de acercamiento reiterado como seguir, observar o vigilar a una persona, aparecer en su casa, en su trabajo, en la escuela, conocer sus horarios, sus rutas, así como llamadas telefónicas o el envío de mensajes; “todo, sin el consentimiento de la persona afectada, en nuestra sociedad, estas conductas suelen afectar en mayor medida a las mujeres”.
¿Qué buscan las propuestas?
Hoy en Guanajuato el acecho está previsto en el Artículo 179 del Código Penal con una sanción para quien cometa ese delito, de tres meses a dos años de prisión y de cinco a veinte días multa.
Ésta propuesta busca incorporar en la sanción de seis meses a dos años de prisión y hasta cuatrocientos días multa. Cuando la conducta se realice contra una persona menor de edad, adulta mayor, con discapacidad o en situación de vulnerabilidad, la pena aumentará hasta en una mitad, delito se perseguirá por querella.
La segunda propuesta, presentada por Edith Moreno Valencia y David Martínez Mendizábal propone aumentar penas si la agresión es contra un menor de edad, adulto mayor, persona con discapacidad o en situación de vulnerabilidad.
Así mismo proponen reformar el artículo 187 relativo al abuso sexual e incorporan nuevas penas a delitos relacionados con estos actos.
La propuesta, reforma al artículo 187 del Código Penal, para establecer que: comete el delito de abuso sexual quien, sin consentimiento de la víctima y sin el propósito de llegar a la cópula, realice en el ámbito público o privado, un acto sexual sobre ella, la haga ejecutarlo sobre sí o sobre un tercero, o la obligue a presenciarlo.
Se propone que la pena pueda robustecerse con un Artículo 187 bis para agregar: a quien cometa abuso sexual se le impondrá de uno a seis años de prisión y multa de doscientas a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida.
También, la propuesta de los morenistas establece que: si el acto sexual implica contacto directo con partes íntimas o se realiza con particular degradación, humillación o sometimiento de la víctima, se impondrá de tres a diez años de prisión y multa, delito que se perseguirá de oficio.
Contexto
La Cámara de Diputados federal aprobó por unanimidad la llamada Ley Valeria, reforma que tipifica el acecho como delito federal y lo sanciona con penas que pueden alcanzar hasta cuatro años de prisión.
Dicha ley toma su nombre del caso de Valeria Macías, cuya denuncia expuso la falta de herramientas legales para frenar el hostigamiento persistente.
Desde 2017, fue víctima de acecho continuo por parte de su agresor, una situación que se prolongó durante años sin medidas de protección efectivas y que evidenció la urgencia de tipificar esta conducta.
La llamada Ley Valeria incorpora al Código Penal Federal el delito de acecho, una conducta que hasta ahora no estaba tipificada a nivel federal, aunque si estaba reconocida en algunas entidades.
