Irapuato, Guanajuato.- Ricardo Benavides Hernández, secretario de Seguridad Ciudadana de Irapuato violó el derecho humano “de toda persona a ser buscada”. Así lo determinó el titular de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato (Prodheg), al resolver la queja por el secuestro y homicidio del empresario fresero Jair Martínez González, ocurrió en marzo del año pasado.
La Prodegh recomendó a la alcaldesa Lorena Alfaro García iniciar una investigación, que el funcionario otorgue disculpas públicas a las víctimas y que junto a otros 4 funcionarios se capacite en torno al protocolo de búsqueda de personas no localizadas entre otras cosas.
Con el número de expediente 0467/2023, el 15 de diciembre del año pasado, la Prodegh publicó las resoluciones a la queja que los familiares del empresario Jair Martínez González, presentaron por considerar que se incumplieron los protocolos de búsqueda y se violaron las garantías individuales.

En marzo del año pasado, el empresario fresero Jair Martínez, fue privado de la libertad por sujetos armados en pleno Bulevar Paseo Irapuato. Sus familiares aseguraron que el secretario de seguridad Ricardo Benavides les ordenó que dejarán de publicar en redes sociales la búsqueda del empresario.
Y la Prodegh determinó que el funcionario municipal impidió la búsqueda del empresario y violó derechos humanos. Emitió una recomendación de 5 puntos para la alcaldesa Lorena Alfaro García.
“La presidenta municipal a quien se dirige esta resolución de recomendación, deberá emitir una disculpa por escrito, dirigida a XXXXX, XXXXX y XXXXX, en donde se reconozca y acepte la responsabilidad de lo sucedido, por la conducta realizada por el titular de la SSC, PI-01, PI-02, PI-03 y PI-04; con fundamento en lo establecido en el artículo 67 fracción IV de la Ley de Víctimas del Estado de Guanajuato. Asimismo, la presidenta municipal a quien se dirige esta resolución de recomendación deberá instruir a quien legalmente corresponda para que se inicie una investigación por la autoridad competente, con el objetivo de deslindar responsabilidades administrativas por las omisiones a salvaguardar de los derechos humanos, cometidas por el titular de la SSC, PI-01, PI-02, PI03 y PI-04; debiendo tomar en cuenta las pruebas y razonamientos de esta resolución; ello de conformidad con lo establecido en el artículo 67 fracción V de la Ley de Víctimas del Estado de Guanajuato”, detalla el documento.

En la resolución se estipuló que la presidenta municipal contabas con 5 días hábiles posteriores a la emisión del documento para responder si acataría las recomendaciones.
Correo buscó a Alfaro García o bien alguna postura oficial en torno al asunto, hasta el momento no se ha recibido respuesta.