Guanajuato, Gto.- Reformar la Ley de Educación en Guanajuato para que el número máximo de alumnos por grupo no sea mayor de 25, es la propuesta de Morena como una manera de eficientizar el proceso de enseñanza aprendizaje.
El diputado David Martínez Mendizábal aseguró que la realidad operativa en las aulas de educación básica en Guanajuato presenta desafíos significativos en cuanto al número de alumnos por grupo.
Abundó que hoy la Ley de Educación para el Estado establece que el número máximo de educandos por grupo, en educación básica, no debe exceder de 35, “cifra considerablemente alta y contraviene las condiciones óptimas para lograr la excelencia educativa”.
Explicó que la experiencia en el campo y diversas estimaciones lo confirman, como las quejas de docentes y padres de familia, y el impacto negativo en el proceso educativo.
Sostuvo que organismos internacionales como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, al analizar la calidad educativa global, subrayan la importancia de la proporción favorable entre alumnado-docente como un pilar para la excelencia y la inclusión en el proceso de enseñanza-aprendizaje.
¿Cuáles son las ventajas de reducir cantidad de alumnos por clase?
Martínez Mendizábal aseguró que reducir el número de alumnado por grupo permite atención individualizada, optimización del proceso de enseñanza-aprendizaje, reducción del estrés docente, mejora del rendimiento académico y desarrollo integral del alumno
Explicó que la propuesta no sólo propone la modificación del límite de alumnos, sino que exige al Estado un compromiso activo para crear las condiciones que permitan cumplir con este nuevo estándar de calidad.
Además de la propuesta de no más de 25 alumnos por grupo, la propuesta incluye que la Secretaría de Educación se comprometa, en caso de que sea necesario, a la creación de la infraestructura física educativa y la contratación de personal docente necesario para cumplir con este límite. En el caso de las instituciones educativas particulares que impartan educación básica, la autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios estará sujeta al cumplimiento progresivo de dicho número máximo de estudiantes por grupo.
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