Ciudad de México, México.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) advirtió que los contribuyentes que no activen su Buzón Tributario podrían enfrentar multas de hasta 11 mil 540 pesos, sanción que será aplicada conforme a la Miscelánea Fiscal 2026.

Aunque esta herramienta es obligatoria desde 2020, millones de personas físicas y morales aún no han cumplido con el requisito. Por ello, la autoridad fiscal otorgó una prórroga para regularizar la situación y evitar sanciones económicas.

¿Qué es el Buzón Tributario del SAT?

El SAT dio prórroga hasta diciembre de 2026 para habilitar el Buzón Tributario; no hacerlo puede generar multas superiores a 11 mil pesos (Foto: Twitter)

El Buzón Tributario es el canal oficial de comunicación entre el SAT y los contribuyentes. A través de esta plataforma digital, la autoridad envía notificaciones, requerimientos, resoluciones y avisos fiscales, reduciendo tiempos y trámites presenciales.

Este sistema funciona como un correo electrónico exclusivo para asuntos fiscales y existe desde 2014, cuando fue implementado tras la reforma hacendaria.

Fecha límite para activarlo y monto de las multas

El SAT dio prórroga hasta diciembre de 2026 para habilitar el Buzón Tributario; no hacerlo puede generar multas superiores a 11 mil pesos (Foto: Twitter)

De acuerdo con la resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el plazo máximo para habilitar el Buzón Tributario es el 31 de diciembre de 2026.

Quienes incumplan se harán acreedores a multas que van de 3 mil 850 a 11 mil 540 pesos, según lo establece el artículo 86-D del Código Fiscal de la Federación.

¿Quiénes deben activar el Buzón Tributario?

El SAT dio prórroga hasta diciembre de 2026 para habilitar el Buzón Tributario; no hacerlo puede generar multas superiores a 11 mil pesos (Foto: Twitter)

Están obligados a cumplir con este trámite:

  • Contribuyentes inscritos en el RFC
  • Personas físicas y morales con actividades económicas
  • Quienes realicen trámites fiscales ante el SAT
  • Emisores de CFDI de ingresos o nómina
  • Empresas y personas con obligaciones fiscales vigentes

¿Quiénes están exentos del trámite?

No es obligatorio habilitar el Buzón Tributario para:

  • Personas físicas sin actividad económica
  • Contribuyentes con suspensión de actividades
  • Personas físicas con ingresos por sueldos y salarios menores a 400 mil pesos anuales
  • Personas físicas o morales con RFC cancelado
  • Beneficios de activar el Buzón Tributario

Entre las principales ventajas se encuentran:

  • Comunicación directa y segura con el SAT
  • Notificaciones electrónicas en tiempo real
  • Acceso a trámites y expedientes fiscales
  • Mayor certeza jurídica
  • Ahorro de tiempo y reducción de errores
  • Información sobre beneficios y facilidades fiscales

¿Cómo activar el Buzón Tributario? Paso a paso

  • Ingresa al portal oficial del SAT y accede al Buzón Tributario.
  • Inicia sesión con tu RFC, contraseña y e.firma vigente.
  • Registra y confirma tu correo electrónico y número celular.
  • Una vez confirmados los datos, el trámite quedará concluido y evitarás sanciones.