Silao, Gto.- El Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) del Estado de Guanajuato falló a favor de un servidor público y ordenó al ayuntamiento y a la administración municipal de Silao a otorgarle la jubilación y pensión a las que tiene derecho por los más de 30 años de servicio prestados en Seguridad Pública.

Lo anterior se dio a conocer durante la sesión ordinaria celebrada esta tarde, en la que se aprobó el punto de acuerdo para dar cumplimiento a la sentencia definitiva dentro del procedimiento contencioso administrativo con número 2422/1ª Sala/2023, emitida por mencionado órgano jurisdiccional desde el mes de mayo de 2025.

La demanda fue promovida por el empleado adscrito a la Subdirección de Tránsito, Transporte y Vialidad en abril de 2023, en contra del Presidente Municipal que en ese momento era Carlos García Villaseñor, así como de la persona titular de la Dirección de Derechos Humanos y del ayuntamiento en turno. Lo anterior, debido a que no tuvo contestación a su petición presentada el 9 de noviembre de 2022 para que se le otorgara el goce de tales derechos, por lo que el Tribunal determinó que “se encuentra configurada la resolución negativa ficta impugnada”.

Tribunal ordena a Silao jubilar a policía con 33 años de servicio tras demanda por negativa ficta
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“Genera la presunción legal de que resolvió en contra de los intereses del peticionario”

Según el artículo 8 de la Constitución Política de México, el que una autoridad no dé respuesta y pronta resolución a las peticiones hechas por particulares, “genera la presunción legal de que resolvió en contra de los intereses del peticionario”, lo que da lugar a que éstos se defiendan en el ámbito administrativo.

Pese a que en un inicio el Municipio intentó evadir su responsabilidad al argumentar que se trataba de un elemento activo de seguridad pública y no un trabajador -lo que implicaría una relación administrativa-, se le tendrá que otorgar al empleado una pensión por jubilación por los 33 años de servicio hasta por el 100% de su salario integrado, con base en lo establecido en el Reglamento de Jubilaciones y Pensiones para los Trabajadores del Municipio de Silao de la Victoria.

Es de mencionar que, al no tener adscrito a su personal a algún tipo de seguridad social, con recursos propios el Municipio se encarga de cubrir prestaciones: jubilación por años de servicio; retiro, cesantía en edad avanzada y vejez; invalidez; riesgo de trabajo; viudez; orfandad; enfermedades y maternidad; seguro de vida y orfandad.

Por si fuera poco, el demandante destacó que el Municipio “no ha instrumentado sistemas complementarios de seguridad social” pese a que trata de una obligación constitucional, por lo que el beneficio se encuentra previsto en la reglamentación municipal vigente.

El punto de acuerdo de cumplimiento fue aprobado por unanimidad de votos de los ediles, ante lo que previamente la alcaldesa Melanie Murillo Chávez reconoció que existen más casos relacionados con servidores públicos que no han sido jubilados.