Guanajuato, Gto.– El Pleno del Congreso de Guanajuato aprobó reformas integrales a la Ley de Movilidad del Estado de Guanajuato con las que se pone fin al “vacío legal” en el que operaban los scooters y bicis eléctricas. A partir de ahora, la velocidad será el factor determinante para las obligaciones de los usuarios: quienes superen los 25 kilómetros por hora deberán portar placas, registro vehicular y casco obligatorio.
Esta nueva normativa establece reglas claras para los usuarios de scooters, monociclos y bicicletas asistidas, dividiéndolos principalmente por su potencia y velocidad. La iniciativa, que busca reducir la incidencia de accidentes y ordenar el crecimiento de la micromovilidad, establece una división clara en dos categorías:
Alta velocidad: bajo la lupa de tránsito
Para los vehículos de propulsión eléctrica que alcancen o superen los 25 km/h, la ley es estricta. Debido al riesgo que representan por su potencia y peso, recibirán el mismo trato jurídico que una motocicleta. Esto implica:
- Emplacamiento: Es obligatorio inscribir la unidad en el padrón vehicular estatal y portar su placa de circulación.
- Seguridad: Los conductores deberán usar casco protector para motocicleta, debidamente abrochado y bajo cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana (NOM).
- Alcoholimetría: Se aplicará el límite de 0.1 miligramos de alcohol en aire espirado; cualquier cifra superior ameritará sanción inmediata.
- Micromovilidad: sin licencia, pero bajo control municipal
En el caso de los dispositivos de baja velocidad (menores a 25 km/h), como patinetas motorizadas y bicis asistidas, se mantienen como vehículos no motorizados. Aunque no requerirán licencia de conducir, la ley faculta a los 46 Ayuntamientos del estado para que, a través de sus reglamentos de tránsito, definan por dónde pueden circular, en qué horarios y bajo qué medidas de seguridad.
Inversión en infraestructura

La reforma no solo impone reglas a los ciudadanos, sino también obligaciones al Ejecutivo. Según el nuevo articulado, el Estado queda obligado a destinar recursos para el fortalecimiento de infraestructura vial diseñada específicamente para estos vehículos, priorizando la convivencia segura entre peatones y usuarios de scooters.
Tras su publicación en el Periódico Oficial del Estado, los municipios y el Gobierno estatal contarán con un plazo de 180 días naturales para adecuar sus reglamentos y definir las multas operativas.
¿A quién afecta? A usuarios de scooters eléctricos de alta gama, bicicletas eléctricas y monociclos.
¿Cuándo entra en vigor? Al día siguiente de su publicación oficial (se estima en próximos días).
Se espera que ciudades como León, Irapuato y Celaya sean las primeras en aplicar operativos tras el periodo de gracia.
