Celaya, Guanajuato.- La Dirección de Fiscalización en Celaya estableció que todos los comerciantes dedicados a la venta y preparación de alimentos y bebidas deberán portar en todo momento cubrebocas y cofia. De lo contrario, se harán acreedores a una multa que va de 938 a mil 642 pesos y, en caso de reincidencia, el monto será del doble.
El director de Fiscalización, Eduardo Griss Kauffman, dijo que, aunque no se cuenta con un censo de cuántos comerciantes no portan cubrebocas y cofia, estima que al menos la mitad de los vendedores no utiliza estos aditamentos.

La intención, señaló, es que los clientes puedan consumir alimentos con la certeza de que son preparados bajo condiciones adecuadas de higiene.
“Estamos haciendo la difusión de algo que existe en el Reglamento de Justicia Cívica y en el Reglamento de Comercio. Además, es un requisito indispensable por parte de la Jurisdicción Sanitaria. Nosotros trabajamos de la mano y apegados a estos reglamentos. No es un tema nuevo; es una medida que fue obligatoria desde antes de la pandemia y que hoy, por cuestiones de higiene, deben cumplir todos los que expenden, venden o preparan alimentos. Hay un porcentaje elevado de comerciantes que no la utiliza”, dijo Griss Kauffman.
El funcionario señaló que sí habrá sanciones económicas para los vendedores que incumplan con esta disposición, las cuales van de 8 a 14 UMAS (Unidad de Medida y Actualización), considerando que cada UMA tiene un valor de 117.31 pesos.
“De lo que se trata es de que la gente que tiene la necesidad de comer en la calle cuente con las más altas medidas de higiene en los alimentos para poder hacerlo con confianza”, señaló Griss Kauffman.
En días pasados, la Dirección de Fiscalización difundió una carta dirigida a los comerciantes, en la que se especifica que, en seguimiento a la regularización del comercio en vía pública y con base en lo establecido en el Reglamento de Comercio, artículo 19, fracción XI:

“Los comerciantes que por su giro comercial se dediquen a la preparación y venta de alimentos y bebidas deberán portar en todo momento cubrebocas y cofia”.
Asimismo, se informó que, conforme al reglamento, la persona que ejerza el comercio en vía pública sin cumplir con estas medidas se hará acreedora a las sanciones establecidas en el artículo 97, equivalentes de 8 a 14 UMAS. En caso de reincidencia, el monto de la multa podrá ascender hasta el doble de la cantidad originalmente impuesta.

La reciente medida fue recibida con beneplácito por parte de algunos comensales, aunque no por la totalidad de los comerciantes, quienes consideran que se trata de una acción recaudatoria y aseguran que, aun sin portar cofia, cubrebocas o guantes, preparan los alimentos con higiene.
