TEPJF obliga a Somos México a cambiar de nombre, emblema y colores

Ciudad de México, México.- El nuevo partido político Somos México tendrá que modificar su identidad antes de que termine agosto. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que la organización deberá cambiar su nombre, emblema y colores antes del 31 de agosto, luego de considerar que su denominación actual no permite distinguirla con suficiente claridad dentro del sistema de partidos.

La resolución ratifica el acuerdo aprobado previamente por el Instituto Nacional Electoral (INE) el pasado 25 de junio. La decisión fue respaldada por cuatro magistrados, mientras que Reyes Rodríguez Mondragón votó en contra.

Con este fallo, la organización encabezada por Guadalupe Acosta Naranjo, surgida de la llamada Marea Rosa, deberá presentar una nueva identidad para mantener su registro como fuerza política.

¿Por qué Somos México tendrá que cambiar de nombre?

El punto central de la resolución fue la denominación “Somos México”. De acuerdo con la mayoría de los magistrados, el nombre no cumple completamente con la función legal de identificar y diferenciar a un partido político frente al resto de las fuerzas que integran el sistema electoral mexicano.

La Sala Superior consideró que la expresión puede generar una identificación entre el partido y la propia nación, en lugar de presentar a la organización como una alternativa política específica.

El TEPJF confirmó que Somos México deberá modificar su nombre, emblema y colores para diferenciarse de la identidad nacional (Foto: Twitter)

El magistrado presidente del TEPJF, Gilberto Bátiz García, explicó al presentar el proyecto que la expresión no únicamente comunica que la organización pertenece a México, trabaja en el país o representa determinados intereses nacionales.

A su juicio, la construcción lingüística utilizada por el partido llega a plantear una equivalencia entre la organización política y el conjunto de la nación.

“Esa construcción establece una relación directa de una parte y de todo”, explicó Bátiz García.

Por ello, los magistrados determinaron que el partido debe incorporar modificaciones que permitan identificarlo claramente como una organización política particular.

¿Somos México podrá conservar la palabra “México”?

La resolución del TEPJF no prohíbe que el nuevo nombre incluya la palabra “México”.

La organización podrá utilizarla nuevamente, pero deberá acompañarla de un elemento que permita distinguirla de la identidad nacional. El tribunal planteó como posibilidad incorporar un elemento sustantivo propio o modificar la relación lingüística de la denominación.

El nuevo nombre deberá expresar, por ejemplo, una relación de pertenencia, finalidad, actuación o compromiso con México, pero sin presentarse como equivalente al país en su conjunto.

Esto significa que el partido tendrá que encontrar una nueva fórmula que conserve su identidad política sin generar la confusión señalada por los magistrados.

También deberán cambiar el emblema y los colores

El TEPJF confirmó que Somos México deberá modificar su nombre, emblema y colores para diferenciarse de la identidad nacional (Foto: Twitter)

La resolución no se limita al nombre de la organización. Somos México también deberá modificar su emblema y sus colores, debido a que estos elementos forman parte de la identidad con la que el partido se presenta ante los electores.

La finalidad es que la fuerza política pueda distinguirse de manera clara frente a otras organizaciones y evitar que su imagen sea percibida como una representación de la comunidad nacional en su totalidad.

El plazo establecido para realizar los cambios vence el 31 de agosto.

El único magistrado que se apartó de la decisión fue Reyes Rodríguez Mondragón, quien consideró que el proyecto aprobado por la mayoría establecía requisitos que no están contemplados de esa manera en la legislación.

Rodríguez sostuvo que la normativa electoral establece restricciones específicas para los nombres de los partidos, entre ellas que no contengan alusiones religiosas o raciales.

Desde su perspectiva, la exigencia adicional de que la denominación tenga características propias para diferenciarse de la comunidad política nacional constituye una interpretación que no se desprende directamente de la ley.

El magistrado calificó esta obligación como una construcción artificial y cuestionó los argumentos utilizados para justificarla.

Su postura, sin embargo, no logró modificar el resultado de la votación. Cuatro integrantes de la Sala Superior respaldaron el proyecto de Bátiz García, por lo que la resolución quedó confirmada.