Guanajuato, México.- Como cada año, mayo es el mes en el que se debe presentar la Declaración patrimonial. Por ley, desde el año 2020, todas las personas funcionarias públicas en Guanajuato y México tienen la obligación de realizar la Declaración de Modificación Situación Patrimonial y de Intereses.

Esta declaración consiste en la manifestación de ingresos que se obtuvo en el periodo de enero a diciembre del año anterior al que se realiza. Es importante hacer esta declaración dentro del mes de mayo, de lo contrario podrían enfrentarse a sanciones o multas por el incumplimiento de esta.

Al ser una obligación, de no realizar la declaración patrimonial en tiempo y forma, podrá enfrentarse a sanciones y multas. Foto: Correo.

¿Quiénes deben realizar la declaración patrimonial en Guanajuato este 2026?

De acuerdo a lo que se estipula en el último párrafo del artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y lo que establece la Ley General de Responsabilidades Administrativas, todas las personas servidoras públicas, tienen el deber de presentar la declaración patrimonial cada año.

Todas las personas servidoras públicas deben presentar la declaración patrimonial anualmente. Foto: Correo.

Las personas servidoras públicas son todas aquellas que desempeñan un empleo, cargo o comisión en las instituciones del Estado. Por esta razón, todos aquellos funcionarios y empleados que trabajen en el sector público, deben cumplir con esta obligación.

Las personas servidoras públicas que deberán presentar declaración patrimonial son empleados que cumplan funciones en distintivo ámbitos estatales como:

  • Legislativo
  • Ejecutivo
  • Judicial
  • Administrativo
  • Salud
  • Educación
  • Seguridad pública

¿Por qué es obligatorio realizar la declaración patrimonial?

Todas las personas servidoras públicas tienen la obligación de presentar esta declaración anualmente, ya que este mecanismo de transparencia permite conocer la evolución del patrimonio y los intereses de los servidores públicos, lo que ayudaría a detectar posibles irregularidades y prevenir prácticas corruptas que afecten al servicio público.

Con este mecanismo se busca prevenir la corrupción. Foto: Correo.

Por esta razón, de no realizarla o realizarla de forma deshonesta puede llevar a sanciones y multas por el incumplimiento de estas obligaciones.

¿Qué consecuencias hay si no se presenta la declaración patrimonial y de intereses?

Al ser una obligación legal de todas las personas servidoras públicas, el incumplimiento de esta declaración en tiempo y forma sin causa justificada, representa una falta administrativa.

Algunas de las sanciones que esta falta podría traer como consecuencia son:

  • Amonestación pública o privada
  • Suspensión (de 1 a 30 días naturales)
  • Destitución

Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas (de tres meses a un año).

En el caso de tratarse de una falta administrativa grave, es decir, que el incumplimiento de esta obligación sea por falta de transparencia algunas de las posibles sanciones podrían ser:

  • Suspensión (de 30 a 90 días naturales)
  • Destitución del empleo, cargo o comisión.
  • Sanción económica.

Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas. Esta podrá ir desde los 3 meses hasta los 10 años dependiendo de la gravedad.

¿Dónde hacer la declaración patrimonial?

Del 1 al 31 de mayo, todas las personas servidoras públicas deberán presentar Declaración de Modificación Situación Patrimonial y de Intereses. Esta se puede realizar en línea a través del sitio oficial DeclaraNet que administra la Secretaría de la Función Pública.

La declaración patrimonial puede realizarse en línea a través de DeclaraNet. Foto: DeclaraNet.

Para presentar esta declaración, es importante contar con los siguientes documentos:

  • CURP
  • RFC
  • Acta de matrimonio
  • Comprobante de domicilio
  • Currículum vitae
  • Recibo de nómina y/o declaración fiscal
  • Escrituras públicas y/o contratos de bienes inmuebles
  • Factura de vehículos y bienes muebles
  • Contratos y estados de cuenta bancarios
  • Contratos y estados de cuenta de gravámenes y adeudos
  • Comprobante de percepción de sueldo o de otro tipo de ingreso
  • Actas constitutivas de sociedades y asociaciones