Guanajuato, Guanajuato.- No se inscribió suficiente gente a la convocatoria para conformar los consejos electorales para las próximas elecciones en cinco municipios de la entidad.
En sesión extraordinaria a distancia celebrada este jueves 13 de agosto, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) emitió una segunda convocatoria para la elección y designación de consejeros que integrarán los consejos electorales distritales y municipales para el proceso electoral local ordinario 2026-2027, únicamente para los municipios de Atarjea, Doctor Mora, Coroneo, Jerécuaro, Santa Catarina y Tierra Blanca, ya que durante la primera convocatoria no se registraron suficientes personas para cubrir los puestos vacantes. En algunos casos se registraron menos de ocho personas y en otros menos de 10.
La convocatoria estará abierta del 14 al 21 de agosto y el 24 de agosto se publicará la lista de aspirantes registrados. El proceso culminará el 9 de octubre de 2026 con la publicación de la integración de los consejos distritales y municipales electorales.
Por su parte, el representante de Morena ante el Consejo General, Luis Ernesto Barbosa, hizo un llamado a la participación ciudadana.
“Un llamado respetuoso a la ciudadanía para que se atienda esta convocatoria y podamos gozar de una democracia efectiva en cuanto a la participación de los órganos colegiados. Hay un esfuerzo enorme por parte de este instituto y sería un momento oportuno para involucrarse en la participación, configuración y desahogo de las elecciones del siguiente proceso electoral; de eso se trata la democracia”, dijo.

Rechazan registro de GNIO
En otro punto del orden del día, durante la misma sesión, el Consejo General del IEEG determinó rechazar la solicitud de registro como partido político local presentada por la organización ciudadana denominada Guía Nacional Indígena Originaria de Guanajuato A.C., debido a que, aunque presentó su solicitud de registro en el plazo correspondiente y cumplió con los requisitos formales establecidos, no acreditó de manera integral los requisitos establecidos en la normativa electoral.
La asociación celebró nueve asambleas municipales en municipios que cuentan con pueblos y comunidades originarias, realizadas dentro del plazo establecido y con la participación de al menos el 0.26% de la ciudadanía inscrita en el padrón electoral correspondiente que manifestó su intención de afiliarse al partido.
Sin embargo, en las asambleas de Santa Catarina y San Luis de la Paz no se acreditó el requisito de conocimiento, difusión y aprobación de los documentos básicos de la organización.
En Santa Catarina no quedó acreditado que dichos documentos hubieran sido dados a conocer a las personas que asistieron y, en San Luis de la Paz, no se acreditó que hubieran sido aprobados por la asamblea.
“Cabe mencionar que este requisito no constituye una formalidad menor, ya que los documentos básicos son los instrumentos que definen la identidad ideológica y los objetivos, organización y funcionamiento del partido, así como los derechos y obligaciones que regirán a quienes pretendan integrar este partido”, dijo Brenda Elizarrarás.
Luego, con respecto a la asamblea estatal constitutiva celebrada el 7 de junio de 2026, se determinó que no se acreditó la asistencia completa de las fórmulas de personas delegadas correspondientes a por lo menos la mitad más uno de los municipios requeridos.
“Únicamente se tuvo por acreditada la representación de cuatro municipios, cuando el mínimo necesario era de cinco”, dijo Canchola.
Además, no se realizó la integración del órgano directivo estatal conforme a los estatutos de la organización, ya que se omitió designar a la persona titular de la Secretaría de Organización.
En lo referente al número de personas afiliadas, conforme a la verificación definitiva, aunque 4 mil 139 afiliaciones válidas fueron corroboradas, cifra superior al mínimo requerido, se determinó que los documentos de declaración de principios, el programa de acción y los estatutos presentados por la organización ciudadana no satisfacen los requisitos mínimos establecidos en la Ley General de Partidos Políticos.
“Se omiten diversos contenidos cuya incorporación constituye una exigencia legal para las organizaciones ciudadanas”, se señaló durante la sesión.
Por otro lado, se dio vista a la Unidad Técnica Jurídica de lo Contencioso Electoral del instituto por una denuncia ocurrida durante una asamblea llevada a cabo en el municipio de Valle de Santiago, donde algunos asistentes denunciaron la entrega de despensas por parte de la organización GNIO.
“Sin que se prejuzgue sobre la existencia o no existencia de la conducta referida, se estima procedente dar vista a la Unidad Técnica Jurídica de lo Contencioso Electoral de este instituto, para que se investiguen los hechos referidos”, dijo la presidenta del Consejo General del IEEG.
Derivado del análisis integral realizado en el proyecto de resolución, se estableció que la organización ciudadana denominada Guía Nacional Indígena Originaria de Guanajuato A.C. no acreditó el cumplimiento integral del procedimiento de constitución exigido por la normativa electoral aplicable.
“Se determinó declarar improcedente el registro solicitado como partido político local en el estado de Guanajuato”, concluyó Canchola Elizarrarás.
Al final, el proyecto se aprobó por unanimidad, con votos concurrentes por parte de las consejeras Nora García Huitrón y María Concepción Aboites Sámano.
