Guanajuato, Gto.- Ordena el TEEG al IEEG reponer procedimiento sancionador por denuncia de violencia política de género a favor de la regidora de Silao, Olivia Vargas Páramo. Descartan una más de Purísima del Rincón.
La primera es una denuncia realizada por la regidora de Silao, María Olivia Vargas Páramo (quién renunció a MC por estos hechos), que se presentó inicialmente el 7 de abril de este año en contra del regidor del mismo ayuntamiento de MC, Francisco Javier Chagoya Navarro, así como en contra del instituto político MC, por violencia política de género, misma que en fast track, el 8 de abril, la Unidad Técnica Jurídica del IEEG determinó desechar parcialmente.
El 16 de abril, Vargas Páramo presentó un recurso ante el TEEG para revertir esa decisión, y el 5 de mayo el TEEG ordenó al IEEG procesar la denuncia, por lo que el 7 de mayo se reanudó el expediente 8/2026-PES-CG. Desde entonces y hasta septiembre se realizaron los actos de investigación y audiencia de desahogo de pruebas y alegatos por parte del IEEG, para finalmente remitir el expediente completo al TEEG para su resolución.
Este 28 de octubre, mediante la resolución TEEG-PES-0022/2026, el TEEG determinó que en el caso se advertían diversas deficiencias y omisiones de formalidades esenciales del procedimiento, “que trascienden a la correcta integración del expediente y que vulneran los principios de certeza jurídica y legalidad del debido proceso”, por lo que se hizo necesaria su reposición y remisión a la Unidad Técnica del IEEG para su adecuada elaboración.
IEEG pasa por alto pruebas de la denunciante
Se especificó que el IEEG pasó por alto certificar y corroborar la existencia de dos ligas electrónicas aportadas por la denunciante, lo que era indispensable para acreditar o desvirtuar los hechos denunciados.
El IEEG también falló al no emplazar al PES a personas relacionadas con los hechos, y no fijar adecuadamente la litis del asunto, es decir, que no precisó de manera congruente las conductas que se imputan a cada parte denunciada.
Desechan uno más

Por otro lado, el TEEG determinó descartar una denuncia por estos mismos actos presentada por parte de la regidora de Purísima del Rincón, Dora Delia Fonseca Muñoz, del PAN, en contra de sus compañeros de cabildo, Héctor Raúl Pérez Guzmán, regidor del Partido Verde, y Mónica Guadalupe López Hernández, regidora de Morena, así como de un perfil de Facebook denominado “Investigador de Puri”, esto luego de determinar inexistente la conducta atribuida a dichas personas, así como respecto de las publicaciones del perfil.
Esta denuncia fue presentada originalmente el 20 de abril de este año ante el Instituto Electoral de Guanajuato, derivado de lo cual se otorgaron medidas de protección adecuadas a su caso.
Luego, el 22 de junio el IEEG emitió un acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias para que se removiera una publicación realizada desde el perfil antes mencionado, para lo cual se requirió a Meta Platforms Inc. Las diligencias de investigación, así como el desahogo de la diligencia de pruebas y alegatos, se enviaron el 3 de septiembre al TEEG para su resolución.
El tribunal electoral determinó este 28 de octubre, mediante la resolución TEEG-PES-0019/2026, la inexistencia de la infracción atribuida a las personas denunciadas y determinó la permanencia y suspensión, según el caso, de las medidas concedidas a la persona denunciante.
Al respecto, María Cristina Silva Fuentes, secretaría proyectista de la segunda ponencia mencionó:
“Fue posible concluir que no se configura la conducta… Se le cuestiona respecto de actos que en apariencia son indebidos pero que guardan relación con su calidad de persona servidora pública y no por ser mujer por lo que la crítica puede ser ríspida e incómoda al formar parte de un ayuntamiento los temas a los que se le ha expuesto son de interés general debiendo tener más tolerancia a la crítica”, dijo.
