León, Guanajuato.- La Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato (PRODHEG) determinó que una doctora de urgencias del Hospital General León (HGL) violó el derecho humano a la salud de un joven que ingresó herido por arma de fuego, al omitir una atención médica oportuna e idónea, lo cual derivó en su fallecimiento. La resolución ordena iniciar investigaciones administrativas, brindar atención psicológica a la madre y otorgar una reparación integral del daño.
Los hechos ocurrieron el 5 de noviembre de 2023, cuando el afectado llegó al nosocomio tras haber sido herido por impactos de bala. La doctora de urgencias, identificada como Lucero Elena, valoró la agresión como “solo un rozón en el brazo” y procedió a suturar la herida. A pesar de que el paciente manifestó tener un intenso dolor en el pecho, la médico tratante no adelantó otras opciones diagnósticas y lo dio de alta entregándole una receta, expresando a la madre: “pues entonces sería todo conmigo señora”, luego de que no se pudiera realizar una placa de tórax debido a que el joven no lograba ponerse de pie por su propio pie. Días después, el estado del paciente empeoró notablemente y falleció en las mismas instalaciones hospitalarias.
Las pruebas de la negligencia médica
Tras la investigación bajo el expediente 1998/2023, la PRODHEG recabó el dictamen pericial de la necropsia médico-legal, el cual confirmó el hallazgo de una fractura en la vértebra T5 donde se localizó un fragmento metálico de proyectil, demostrando que la herida era penetrante en tórax y columna, y no un simple rozón superficial.
Asimismo, una opinión técnica emitida por la Comisión Estatal de Conciliación y Arbitraje Médico determinó que la revisión primaria en el servicio de urgencias fue totalmente deficiente. El estudio especificó que suturar heridas de bala no es recomendable por altos riesgos de contaminación y necrosis, y que existió una movilización inadecuada al trasladar en silla de ruedas a un paciente con sospecha de lesión medular. La comisión médica concluyó de forma contundente que existió un retraso en el diagnóstico que se identificó directamente como la “causa determinante en el fallecimiento” del hijo de la quejosa.
¿Qué dice la resolución de la Prodheg sobre la omisión en el HGL?
Al acreditarse la responsabilidad por la omisión en la salvaguarda de los derechos humanos, la resolución firmada por la procuradora Karla Gabriela Alcaraz Olvera dirigió una recomendación al titular de la Dirección del Hospital General León con los siguientes puntos resolutivos:
- PRIMERO. Se otorgue una compensación económica a la víctima indirecta a través de la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas, debiendo cubrir o reembolsar la totalidad de los gastos económicos erogados, considerando la pérdida de la vida de su hijo.
- SEGUNDO. Se instruya a quien corresponda realizar las gestiones necesarias para otorgar atención psicosocial de forma inmediata a la madre en su carácter de víctima indirecta.
- TERCERO. Se instruya el inicio de una investigación formal ante la autoridad competente con el objetivo de deslindar las responsabilidades administrativas en contra de la doctora Lucero Elena Saldaña Montes.
- CUARTO. Se entregue un tanto de la resolución a la autoridad responsable y se integre una copia física de la misma a su expediente laboral personal.
- QUINTO. Se imparta de manera obligatoria una capacitación sobre derechos humanos, con énfasis en el derecho a la salud, dirigida a la doctora involucrada y al personal pertinente del nosocomio.
La Dirección del Hospital General León contará con un término de cinco días hábiles siguientes a su notificación para informar de manera oficial si acepta la recomendación emitida, y dispondrá de quince días naturales adicionales para aportar las evidencias que demuestren su debido y total cumplimiento.
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